Liquidación de impuestos de
herencias en Granada
Gestiona tus impuestos de herencia con claridad y sin sorpresas.
Recibir una herencia implica también cumplir con ciertas obligaciones fiscales.
Si no se gestionan correctamente, pueden surgir recargos, sanciones o incluso embargos.
Como abogado especialista en liquidación de impuestos de herencias en Granada, te asesoro en cada paso: desde la valoración de los bienes hasta la presentación de los tributos autonómicos y municipales.
Evita errores y complicaciones con Hacienda. Delega la gestión fiscal de tu herencia en manos expertas.
¿Qué impuestos se pagan al recibir una herencia?
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
Se presenta en la Junta de Andalucía. Depende del valor heredado, el grado de parentesco y las reducciones aplicables.
Incluye inmuebles, dinero en cuentas, acciones, seguros, vehículos, etc.
Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos)
Se paga en el Ayuntamiento correspondiente a los inmuebles urbanos heredados.
Grava el aumento del valor del suelo desde que el fallecido lo adquirió.
Otras posibles obligaciones fiscales
En algunos casos también puede haber implicaciones con el IRPF, regularización de deudas tributarias del fallecido, o situaciones especiales que conviene revisar.
Presentar bien los impuestos no solo es cumplir, es proteger la herencia.
Cada caso merece un análisis fiscal detallado. Estudio tus circunstancias, aplico todas las reducciones posibles y presento los impuestos dentro del plazo legal.
Evitarás sanciones y podrás avanzar en el proceso hereditario sin bloqueos.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para pagar los impuestos de una herencia?
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga de otros 6 meses, pero debe pedirse antes de que se cumplan los 5 primeros.
¿Qué pasa si no se presentan los impuestos?
La Administración puede imponer recargos, intereses de demora y sanciones. Además, no se podrá inscribir la propiedad en el Registro ni repartir legalmente los bienes.
¿Hay reducciones o bonificaciones en Andalucía?
Sí. En función del valor heredado y el grado de parentesco (ascendientes, descendientes, cónyuge…), existen reducciones muy significativas que analizamos caso a caso.
¿Quién paga la plusvalía, todos los herederos o solo uno?
Lo habitual es que lo pague quien recibe el inmueble. Si hay varios herederos, puede pactarse un reparto proporcional o según adjudicación de bienes.