Abogado para
vicios ocultos en Granada
Asesoramiento legal ante defectos ocultos en viviendas, vehículos o bienes comprados.
Reclama legalmente si tras comprar un bien aparecen fallos que no fueron informados
A veces, después de comprar una vivienda, un coche o cualquier otro bien, aparecen defectos que ya estaban ahí, pero no eran visibles o no fueron comunicados.
La ley protege al comprador frente a los llamados vicios ocultos, permitiendo exigir reparación, rebaja en el precio o incluso la anulación de la compraventa.
Como abogado especializado en vicios ocultos en Granada, analizo tu caso y te ayudo a ejercer tus derechos de forma legal y eficaz.
Actuar rápido puede ser clave: los plazos legales para reclamar son breves.
¿Qué se considera un vicio oculto?
Defectos previos a la venta pero no visibles ni informados
Son fallos que ya existían antes de la compraventa, pero que no se detectaron a simple vista y que el comprador no pudo identificar razonablemente.
Que afectan al uso normal del bien
El bien adquirido debe ser útil para su uso habitual. Si no lo es por un defecto oculto, tienes derecho a reclamar.
Que reducen el valor o hacen inviable el uso pactado
Humedades estructurales, averías mecánicas, instalaciones defectuosas… Si el defecto es grave, el comprador no está obligado a asumirlo.
¿Qué puedes reclamar legalmente si aparecen vicios ocultos?
Reparación del defecto o rebaja en el precio
Puedes solicitar que el vendedor asuma el coste de reparar el daño o que te devuelva parte del importe pagado.
Resolución del contrato de compraventa
Si el defecto es grave y afecta sustancialmente al bien, puedes solicitar la anulación de la operación y la devolución del dinero.
Indemnización por los daños sufridos
Si el vicio oculto te ha generado gastos (reparaciones, peritajes, pérdidas), puedes reclamar una compensación económica.
Preguntas Frecuentes
¿Qué plazo tengo para reclamar por vicios ocultos?
Tienes un plazo de 6 meses desde la entrega del bien. Es fundamental no dejar pasar ese tiempo y actuar cuanto antes.
¿Cualquier defecto puede considerarse vicio oculto?
No. Debe ser un defecto grave, previo a la compra, no visible ni conocido, y que afecte al uso o valor del bien.
¿Cómo puedo demostrar que el defecto ya existía?
Con informes técnicos o periciales. Te ayudo a coordinar las pruebas necesarias para reclamar con base legal.
¿Y si el vendedor conocía el defecto y no lo dijo?
Si se demuestra que lo ocultó de forma deliberada, puede responder con mayor responsabilidad e incluso estar obligado a indemnizar.